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INNOVACIÓN EN EDUCACIÓN Y DEPORTE A.C.

CÓDIGO DE ÉTICA

El Colegio Especializado en la Innovación de la Educación y el Deporte (INNED A.C.) con registro de la Secretaría de Relaciones Exteriores CUD A201504211048481214 y Registro Público de la Propiedad y el Comercio RPP 103882 es, según sus estatutos en el capítulo dos, artículo quinto, una Asociación con personalidad jurídica, acorde con el artículo 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con la fracción tercera del artículo veintitrés del Código Civil del estado de Chiapas y sus correlativos y concordantes de los Códigos Civiles de cualquier Estado de la República Mexicana. Su finalidad principal es promover acciones que coadyuven a la innovación de la educación y el deporte en todos los sistemas, niveles y especialidades para construir un mundo mejor.

 

 

Capítulo I

Disposiciones Generales

 

 

Artículo 1.

 

Este código es una guía de principios que tiene como propósito conducir a los afiliados y directivos de manera ética y con integridad, teniendo en cuenta los principios, normas y valores, que son el marco de referencia con que determinamos si una acción es correcta y es el soporte moral de nuestra conducta. Fortaleciendo así una cultura de transparencia, legalidad y rendición de cuentas como elementos distintivos de una gestión eficiente y eficaz.

 

 

Artículo 2.

 

Los principios, normas y valores que rigen a la Asociación serán de observancia por todos los afiliados y directivos de acuerdo al cargo que se le ha conferido mediante un nombramiento honorario.

Capítulo II

Misión, Visión y Valores

 

Artículo 3.

 

El INNED A.C. tiene como misión favorecer el desarrollo de la educación formal, no formal e informal, además de la cultura física y sus ámbitos de intervención: educación física, deporte, recreación, y prácticas motrices alternativas. Su acción se desarrolla en las áreas: filosófica, epistemológica, técnica, cultural, de salud y social de la pedagogía y la motricidad, excluyendo toda discriminación de orden política, étnica, social y de género.

 

 

Artículo 4.

 

La visión del INNED A.C. es ser un Cuerpo Colegiado Académico sin fines de lucro que trabaja a favor de la educación y la cultura física en todas sus manifestaciones. Promueve acciones para la práctica sistemática de la actividad física voluntaria y el deporte para todos. Investiga, diseña y hace aportaciones para fortalecer la formación inicial y continua de los profesionales de la Educación y la Cultura Física, impulsando acciones para una vida activa y saludable de toda la población.

 

 

Artículo 5.

 

Son valores aplicables a los afiliados y miembros del comité directivo del INNED A.C. los siguientes:

 

Legalidad: Facultad de hacer solo aquello que los estatutos y reglamento le confieren respecto a su nombramiento.

 

Honradez: Conducirse con rectitud sin utilizar su cargo para obtener o pretender obtener algún beneficio económico o en especie, ni aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier tipo para uso personal.

 

Lealtad: Corresponder a la confianza que la Asociación les ha conferido, poniendo por encima de sus intereses personales, el cumplimiento de sus funciones acorde a su nombramiento.

 

Respeto: Relacionarse de manera cordial y otorgar un trato digno sin excepción con los demás miembros considerando sus derechos.

 

Cooperación: Unir esfuerzos entre sí y propiciar el trabajo en grupo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los estatutos acorde a su nombramiento.

 

Solidaridad: Realizar el desempeño de sus funciones en grupo y de manera armónica, con el fin de llevar a cabo el Objeto Social de la Organización.

 

Responsabilidad: Realizar sus funciones de manera oportuna y profesional acorde a su nombramiento y ámbito de participación.

 

 

Artículo 6.

 

Los miembros del comité directivo son los que desempeñan un cargo o comisión dentro de la Asociación, por tanto, además de los principios enunciados anteriormente, deberán conducirse con transparencia, equidad, tolerancia, compromiso e integridad teniendo en cuenta los estatutos emitidos por el INNED A.C.

 

 

Capítulo III

Integridad de la Asociación

 

Artículo 7.

 

La temporalidad en el cargo de los directivos estará determinada por su nombramiento honorario. En caso de renuncia por cualquier circunstancia, deberá realizarse por escrito, señalando la causa o causas de la dimisión.

 

Artículo 8.

 

Los directivos que incurran en incumplimiento de este Código de Ética se sujetarán a lo dispuesto en el reglamento del INNED A.C. y a las decisiones del   Comité de Honor y Justicia.

 

Artículo 9.

 

Los recursos de toda índole generados de las actividades, programas y proyectos del INNED A.C. solo será utilizado para cumplir con el objeto social, misión y visión de la Asociación. Ninguna parte de los apoyos económicos o en especie proporcionados a la organización ha de habituarse en beneficio de afiliados, miembros del comité directivo y/o terceras personas.

 

Artículo 10.

 

El INNED A.C. se constituyó como resultado de acciones voluntarias de personas que libremente escogen llevar a cabo inquietudes e intereses compartidos y cuenta con un documento de validez oficial que lo acredita como una Asociación sin Fines de Lucro, así como reglas que deben cumplirse con el propósito de lograr el Objeto Social.

 

 

Transitorios

 

I. El presente código de ética entrará en vigor al día siguiente de su aprobación en Asamblea General Ordinaria.

 

II. En caso de dudas, inconsistencias o conflictos en el cumplimiento de este Código de Ética se resolverán de conformidad con lo que disponga el Comité de Honor y Justicia del INNED A.C.

 

III. Los veredictos del Comité de Honor y Justicia del INNED A.C. son inapelables.

 

 

 

Aprobado en la Asamblea General Ordinaria, celebrada el día 2 de mayo del 2019.

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